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Recursos Humanos: 4 Consejos claves para la contratación de extranjeros

Publicado el 26 de septiembre, 2018

Este año la Dirección del Trabajo (DT) aplicó 1.352 sanciones a distintos empleadores que cometieron infracciones laborales en contra de trabajadores extranjeros. Como es de conocimiento general, cada vez son más los migrantes que llegan a nuestro país en busca de nuevas oportunidades laborales, por esta misma razón es importante que siempre te guíes según la normativa legales en cuanto a su contratación.

 

Según cifras entregadas por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) a través de los resultados del CENSO 2017, el porcentaje de inmigrantes que residen en el país aumentó de un 0,8% (105.070 personas) en 1992 a un 4,35% (746.465 personas) en 2017.

 Inmigrantes en Chile

Del total censado un 66,7% declaró haber llegado entre el 2010 y el 2017 a Chile, sobre todo el año 2016. Otro dato de relevancia es que, de los países de América Latina, los que poseen más residentes son Perú, Colombia y Venezuela, algo que también se deja entrever actualmente en el ámbito laboral.

 

Por eso, para que estés preparado y al día con todos los requisitos en términos legales, te daremos a continuación cuatro consejos básicos que te servirán para resguardar a tus trabajadores extranjeros y tu empresa.

 

1. Documentación legal al día

 

Asegurar la regulación de tus trabajadores extranjeros es primordial tanto para ellos como para la empresa, para eso uno de los elementos primordiales es que cuente con un permiso de trabajo o una visa que los faculte para el mismo propósito:

 

Visa temporaria: Esta permite realizar actividades remuneradas con cualquier empleador, desde que se estampe el permiso en el pasaporte de la persona. Mientras se tramita su solicitud el trabajador puede pedir un permiso de trabajo para comenzar su actividad laboral de forma inmediata. Los que pueden obtener esta visa son los extranjeros que tengan vínculo con chileno, vínculo familiar con residentes con permanencia definitiva, profesionales y técnicos de nivel superior, inversionista y ciudadanos que sean de estados que pertenecen al Mercosur.

 

  • Visa sujeta a contrato laboral: Este permiso que tiene una duración de dos años habilita a la persona a realizar actividades remuneradas de forma exclusiva con el empleador con el cual pactó un contrato de trabajo. El documento laboral debe incluir la cláusula de viaje, así como otras exigencias del Departamento de Extranjería que puedes ver en este enlace. Al término del contrato, la visa caduca y la persona titular puede solicitar la permanencia definitiva después de los 2 años de trabajo continuo. Las sanciones en este ámbito se pueden dar generalmente porque el empleador no informa debidamente al Departamento de Extranjería, el término de la relación laboral.

Permisos para trabajar con visa estudiante: De manera general los estudiantes extranjeros con esta visa no pueden trabajar en el país, la expresión a esto tiene relación con la realización de su práctica profesional o casos excepcionales para que pueda costear sus estudios.


Permiso para trabajar como turista: Por regla general los turistas no pueden trabajar en el país. No obstante, el Departamento de Extranjería y Migración podrá autorizarlos a trabajar en casos calificados por un plazo máximo de 30 días, mientras esté vigente su permiso.

 

 

2. Incluye todas las especificaciones para el contrato

Contratacion de trabajadores extranjerosEstipula toda la información clave y aquella solicitada también por el Departamento de Extranjería y Migración en el contrato de tu trabajador, el cual debe ser firmado ante notaria. Estos son algunos aspectos claves:

 

  • Fechas: Indicar lugar y fecha en la que se firma el contrato, documento que debe realizarse ante notario.
  • Identidad: Los nombres, nacionalidad y domicilio tanto de empleador como del trabajador.
  • Labores: Indicar que funciones o labores desarrollará el trabajador en Chile.
  • Jornada: Establecer la jornada laboral y lugar donde trabajará.
  • Remuneración: Determinar la remuneración que recibirá la que puede ser pagada en moneda chilena o extranjera y, no podrá ser inferior al salario mínimo.
  • Duración contrato: Establecer el periodo de duración de la relación laboral.
  • Cláusulas: Una de las primeras cláusulas que se contemplan, es la “cláusula de viaje”, en la que el empleador al término del contrato se compromete a pagar al trabajador y a los miembros de su familia un pasaje de regreso a su país de origen según lo que señale la ley. Esta obligación se mantiene hasta que el trabajador salga del país u obtenga un nueva visa o permanencia definitiva.

Si quieres revisar más especificaciones y cláusulas, te recomendamos visitar este enlace de la Dirección del Trabajo.

 

 

3. Un 15% de trabajadores extranjeros en tu empresa

 

Recuerda que según la normativa, solo un 15% de los trabajadores de tu empresa puede estar compuesta por extranjeros, con excepción de aquellos empleadores que no tengan más de 25 personas trabajando a su disposición.

 

Trabajadores extranjeros

 

Esto es producto de los artículos 19 y 20 del Código de Trabajo que establecen que el 85%, a lo menos, de los trabajadores que presten servicios a un mismo empleador deben ser de nacionalidad chilena. Es importante que sepas que existen otros casos de excepción, además del mencionado anteriormente, los cuales puedes revisar en este enlace.

 

 

4. Sanciones en caso de incumplimientos

 

Pon atención y evita las infracciones, estas se generan de forma más frecuente por la contratación de trabajadores extranjeros en condición irregular. Si se contrata trabajadores bajo este estado, se considera al empleador como un infractor a la legislación laboral y previsional, y a su vez el trabajador como un infractor a la legislación de extranjería.

 

Para que lo tengas en cuenta, las sanciones en caso de incumplimiento por la contratación de trabajadores extranjeros sin autorización ya sean permisos o visas, son una multa a beneficio fiscal, y el monto de esa multa depende netamente del tipo de infracción que se comenta y su gravedad.

 

Lo mismo para el trabajador que realice labores sin autorización, en donde se contempla una amonestación escrita, multa u orden de expulsión del país dependiendo del tipo de situación y su gravedad.

 

Para finalizar, te recordamos que todo lo mencionado en este artículo es una referencia para que puedas tener un marco general sobre este tema. Por eso si quieres más detalles sobre los ítems mencionados, te invitamos a visitar la web oficial de la Dirección del Trabajo (DT).

 

¡Recuerda, mantente al día y resguarda a tus trabajadores!

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